TY - BOOK AU - Barranco Gámez,José Manuel TI - El delito de riña tumultuaria en el código penal de 1995 SN - 978-84-17211-34-9 CY - Servicios Académicos Intercontinentales KW - Derecho penal KW - España KW - Jurisprudencia KW - Delito de lesiones KW - Riña KW - Libros electrónicos N1 - Acceso gratis N2 - El delito de riña tumultuaria, se configura como un delito de simple actividad y de peligro concreto caracterizado por la concurrencia de los elementos siguientes: 1º. Que haya una pluralidad de personas que riñan entre sí con agresiones físicas entre varios grupos recíprocamente enfrentados. Por lo tanto la agresión personal y directa o, incluso, formando causa común dos sujetos contra un tercero, no pueden entenderse incluidas en este precepto, sino en los correspondientes de lesiones. 2º. Que en tal riña esos diversos agresores físicos se acometan entre sí de modo tumultuario (confusa y tumultuariamente, decía de forma muy expresiva el anterior art. 424), esto es, sin que se pueda precisar quién fue el agresor de cada cual. 3º. Que en esa riña tumultuaria haya alguien (o varios) que utilicen medios o instrumentos que pongan en peligro la vida o integridad de las personas. No es necesario que los utilicen todos los intervinientes. Evidentemente, por exigencias del principio de culpabilidad, los partícipes que no hubieran usado esos elementos peligrosos tendrán que conocer que alguno o algunos de su grupo sí los utilizó bien entendido que cuando se produce el resultado lesivo, tienen preferencia en su aplicación los arts. 147 y concordantes que consumen la ilicitud propia del delito de peligro, aunque obviamente esta punición por la causación del resultado tiene como condición que se conozca el causante de la lesión UR - https://www.eumed.net/libros-gratis/2017/1675/index.html ER -